MOVILIDAD NACIONAL: SICUE

Desde el punto de vista académico, de cara a la elaboración de los acuerdos (una vez concedida la plaza), no hay variaciones respecto a la convocatoria pasada y en resumen la condiciones serían:

1.- El acuerdo deberá ser aceptado por las tres partes implicadas (estudiante, UMH y centro de destino) y tendrá carácter oficial de contrato vinculante para los firmantes, que sólo podrá ser modificado en el plazo de un mes a partir de la incorporación del estudiante al centro de destino.

2.- El número de convocatorias a las que tiene derecho el estudiante serán la que se llevan a cabo en la universidad de destino para esa asignatura y curso académico. Se podrán cursar optativas del plan de estudios de la universidad de destino, no incluidas en el plan de estudios de la UMH, incorporándolas posteriormente al expediente del alumno en la UMH como  optativas.

3.- Siempre y cuando no contravenga la normativa interna de la UMH y el coordinador académico de la titulación correspondiente lo autorice, se podrá incluir en el acuerdo académico, como máximo, una asignatura calificada como suspensa con anterioridad.

4.- En el caso de que el alumno desee incluir en el intercambio SICUE una materia, como máximo, que no se encuentra en la titulación objeto del acuerdo académico, podrá cursarla en titulaciones afines con las que no haya acuerdo, previa autorización de todos los coordinadores de la universidad de destino implicados.

5.- Para estancias de curso completo el acuerdo académico deberá incluir un mínimo de 45 créditos. En el caso de estancias de medio curso, este acuerdo deberá incluir un mínimo de 24 créditos. En aquellos supuestos en que al estudiante le resten para finalizar sus estudios menos créditos que el mínimo exigido en cada tipo de estancia, podrá optar al intercambio si cumple el resto de requisitos.

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